Convocatoria de Ingreso a la CIC Modalidad Proyectos Especiales:
Ciencias del Mar
En esta modalidad de Convocatoria para Ingresos a CIC se recibirán postulaciones que se enmarquen en áreas temáticas prioritarias definidas para ciertos ámbitos geográficos, con el objetivo de fortalecer capacidades en términos de equipos de trabajo e incrementar proyectos.
Los espacios marinos de la Argentina son espacios ricos en recursos naturales que contribuyen al desarrollo económico, social y ambiental de nuestro país. Sin embargo, el uso sustentable de los mismos requiere de conocimiento científico previo mediante la formación de recursos humanos, entre otras variables, en aquellas áreas de vacancia que son esenciales para una adecuada comprensión del funcionamiento de nuestros espacios marinos.
CRONOGRAMA:
Apertura de la Convocatoria: 29 de marzo 2021
Cierre: 16 de abril 2021
Publicación y notificación de los resultados: Semana del 16 de agosto de 2021
BASES Y CONDICIONES:
1. En el marco de este Proyecto se ofrecerán hasta 24 (veinticuatro) ingresos en Unidades Ejecutoras que trabajan en el área de Ciencias del Mar, para el desarrollo de temas y líneas de investigación y transferencia en las siguientes áreas:
•Oceanografía física.
•Oceanografía química/Biogeoquímica marina.
•Geociencias marinas.
•Modelado, adquisición y gestión de datos en ecosistemas, climatología-meteorología y oceanografía. Gestión y modelado de datos en la línea.
•Tramas tróficas/modelos tróficos. Taxonomía de organismos marinos.
•Desarrollo de tecnologías marinas.
2. Las UE del CONICET en condiciones de presentar propuestas son:
•Centro Austral de Investigaciones Científicas (CADIC)
•Centro para el Estudio de Sistemas Marinos (CESIMAR-CENPAT)
•Centro de Investigaciones del Mar y la Atmósfera (CIMA)
•Centro de Investigación Aplicada y Transferencia Tecnológica en Recursos Marinos “Almirante Storni” (CIMAS)
•Centro de Investigaciones y Trasferencia Golfo San Jorge (CIT Golfo San Jorge)
•Centro de Investigaciones y Transferencia de Santa Cruz (CIT Santa Cruz)
•Instituto Argentino de Oceanografía (IADO)
•Instituto de Biología de Organismos Marinos (IBIOMAR-CENPAT)
•Instituto de Geociencias Básicas, Aplicadas y Ambientales de Buenos Aires (IGEBA)
•Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras (IIMyC)
•Museo Argentino de Ciencias Naturales “Bernardino Rivadavia” (MACN)
3. Podrán ingresar hasta un máximo de 3 (tres) investigadores/as en una Unidad Ejecutora.
4. Las propuestas de las/los postulantes deberán ajustarse a alguna de las áreas temáticas definidas en el punto 1, y desarrollarse en alguna de las Unidades Ejecutoras nombradas en el punto 2.
5. En todos los casos se requiere que la/el postulante envíe, conjuntamente con la solicitud, la conformidad del/de la Directora/a de la Unidad Ejecutora donde desarrollará sus tareas de investigación, asumiendo esta última el compromiso de facilitar el adecuado desarrollo de la labor de la investigadora o el investigador y el cumplimiento de las obligaciones asumidas con respecto al CONICET.
6. Esta Modalidad no es incompatible con la presentación en otras modalidades de Ingreso. Es decir, no impide a las/os postulantes que se han presentado en las modalidades General, Temas Estratégicos y Tecnología o Fortalecimiento I+D+i a participar en esta Modalidad.
7. La Modalidad de Proyectos Especiales es excluyente respecto de la modalidad Ingreso CIC desde el Exterior.
8. En caso de que haya candidatas/os que se presenten a la Modalidad de Proyectos Especiales y a la vez en alguna otra Modalidad, y se encuentren en condiciones de ser seleccionadas/os en ambas modalidades, el Directorio priorizará la postulación a Proyectos Especiales.
9. Las/os postulantes seleccionados deberán permanecer al menos 4 (cuatro) años seguidos y completos en la Unidad Ejecutora a la que se incorporen, no resultando de aplicación en estos casos el Art. 1º de la Resolución CONICET 1454/10. Esta permanencia se contabilizará desde su incorporación efectiva a la Carrera.
10. Las/os postulantes deberán haber obtenido un título de Doctorado o formación equivalente.
11. Quienes postulan a la categoría Asistente deberán proponer un/a Director/a de tareas. Téngase presente que cuando el CONICET tome conocimiento que un/a Director/a-Codirector/a ha tenido conflictos reiterados (dos o más denuncias contenidas en distintos sumarios administrativos en trámite ante el Organismo o en un mismo sumario administrativo pero acumuladas) con becarias/os bajo su dirección y personal del organismo, vinculados a situaciones de malos tratos y hechos que configuren violencia laboral y/o de género, podrá preventivamente no autorizar nuevas propuestas como Director/a-Codirector/a de tareas hasta tanto se resuelva la investigación administrativa en curso. Para que proceda la medida preventiva deberá corroborarse ante la Dirección de Sumarios del Organismo que en el sumario administrativo en trámite el/la Director/a-Codirector/a propuesto/a esté vinculado/a como sumariado/a (artículo 61 del Decreto Nº 467/99), y se haya dictado y notificado el informe a tenor del artículo 108 del Decreto Nº 467/99. Asimismo, el CONICET no autorizará la propuesta de Directores/as-Codirectores/as de tareas que tengan sumarios por adeudar rendiciones de cuentas en este Consejo Nacional.
12. Para esta modalidad, la/el postulante podrá proponer Directoras/es y/o Codirectoras/es fuera del lugar de trabajo de manera fundada, no resultando de aplicación lo previsto en el punto 4 del anexo de la Resolución CONICET N° 2154/08. Es altamente recomendable que la/el postulante comparta el lugar de trabajo con Director/a o Codirector/a.
13. Aquellas/os postulantes que, al momento del cierre de la presente Convocatoria no cuenten con el certificado de defensa de tesis doctoral, o en su defecto el título correspondiente, podrán adjuntarlo con posterioridad al cierre de la convocatoria, enviando el documento en formato PDF al correo tesis-ingresos@conicet.gov.ar.
14. Las/os ciudadanas/os extranjeras/os que se postulen a la Carrera del Investigador deberán acreditar que han adoptado la ciudadanía argentina (Ley 25.164) llegado el momento de incorporarse en la Carrera.
15. Las solicitudes de Ingreso a la Carrera del Investigador 2020, se presentarán ÚNICAMENTE EN FORMA ELECTRÓNICA a través de SIGEVA y no se requerirá la presentación de una versión impresa.
16. Las personas seleccionadas dispondrán de un plazo de 90 (noventa) días corridos desde la fecha en que se les comunique su selección para remitir la totalidad de la documentación necesaria para su designación como miembros de la Carrera del Investigador. Habiéndose cumplido el plazo señalado sin que se haya presentado la totalidad de la documentación, quedará sin efecto la selección.
Evaluación:
1 .La evaluación será realizada a través de una Comisión Ad hoc y la Junta de Calificación y Promoción, y de acuerdo con los procedimientos establecidos en la normativa que rige el funcionamiento del sistema de evaluación.
2. La evaluación de los/as postulantes se realizará teniendo en cuenta los criterios de evaluación aprobados para la presente convocatoria.
3. El Directorio, en base a la opinión de los órganos asesores, conformará el orden de mérito definitivo, el cual procurará una distribución armónica entre áreas temáticas y Unidades. El mismo tendrá una validez de 12 (doce) meses y, en caso de producirse una vacante en alguna de las temáticas/unidades, la misma se cubrirá con el/la candidata/o posterior del orden de mérito correspondiente, cumpliendo con las pautas establecidas en estas Bases.
Consultas: convocatoriaingresoscic@conicet.gov.ar
Para mas información: https://convocatorias.conicet.gov.ar/ingresos-cic-proyectos-especiales-ciencias-del-mar/